Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos Concursales
¿Es Necesaria su Inclusión en el Derecho Uruguayo?
Dr. Federico Formento* Dra. Luciana Formento**
*Abogado y Escribano Público por la Universidad de Montevideo. Máster en Derecho de la Empresa por la Universidad de Montevideo.
** Abogada por la Universidad de Montevideo. Diplomada en Arbitraje Comercial Internacional por la Cámara de Comercio de Bogotá (Colombia). Postgrado en Asesoramiento Corporativo por la Universidad de Montevideo.
- Planteo de la Problemática Actual
- La aplicación del proceso concursal (Ley 18.387 o Ley Concursal) es hoy el único mecanismo para resolver los conflictos de insolvencia empresarial
- Sin perjuicio de que la propia Ley Concursal busca en primera instancia la conservación de la empresa en crisis y el incentivo a lograr acuerdos entre el deudor y sus acreedores, la estadística indica que las empresas que logran alcanzar acuerdos no superan el 10% y las restantes resultan necesariamente liquidadas.
- En la situación mundial actual, el concurso ha pasado a ser una situación normal en la vida de las empresas y los agentes económico. Esta situación ha llevado a distintos países a explorar e implementar nuevos modelos de soluciones de conflictos para que equilibrar los intereses del sistema económico en su conjunto
- Uruguay carece hoy de soluciones no adversariales de resolución de conflictos de insolvencia